En una separación o divorcio uno de los temas más difíciles a tratar es la custodia de los hijos, guerra oculta que afecta a la gran mayoría de parejas que deciden no seguir con su matrimonio. Desde que se implantara la custodia compartida, un porcentaje alto de padres decide contratar los servicios de un detective privado en Madrid que pueda demostrar que el otro progenitor no está capacitado para cuidar a su hijo.
En Monopol, nuestra agencia de detectives de Madrid, sabemos de la importancia de nuestro trabajo en cuanto a custodias. Podemos encontrarnos con casos hostiles en que el progenitor no cuida adecuadamente a su hijo, ya sea agrediéndolo física o psicológicamente, e incluso acciones desagradables por parte de familiares y conocidos del progenitor. También nos encontramos en muchas ocasiones con padres que quieren desvirtuar al otro para inclinar a su favor al juez, con este acto quieren conseguir que el juez les conceda la custodia total.
Nuestro trabajo consistirá en investigar, recoger pruebas aptas y competentes, y llevarlas a un juez el cual solicitará la revisión del caso y decidirá si el testimonio del padre que denuncia es suficiente como para quitarle al otro progenitor la custodia compartida.
La ley española en cuanto a la custodia de menores
El Código Civil recoge en su artículo 92 siete puntos esenciales a cumplir por aquellos padres que se encuentran en intercambio de custodia con sus hijos. En Monopol, nuestra agencia de detectives de Madrid, nuestro trabajo se ceñirá en cumplimentar el punto seis del siguiente artículo:
- La separación, nulidad o divorcio no exime a los padres de sus obligaciones para con los hijos.
- Se acordará la privación de la patria potestad cuando en el proceso se revele causa para ello.
- Los padres o tutores podrán pactar un convenio regulador y si no pudieran llegar a un acuerdo, lo haría el juez, quien decidirá si un progenitor o ambos ejercerán la patria potestad del menor.
- Se acordará la patria potestad compartida cuando sea solicitado por los padres. El juez acordará la guarda conjunta y tras fundamentar su resolución, adoptará las precauciones para que se cumpla.
- No habrá guarda conjunta de la custodia cuando uno de los progenitores esté implicado en un proceso penal por atentar contra la vida, integridad física, libertad, integridad moral o libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos.
- Tampoco se procederá a la guarda conjunta cuando el Juez vea, en las alegaciones de las partes y en las pruebas aportadas, la existencia de señales de violencia doméstica.
- El Juez acordará la guarda y custodia compartida cuando sea preciso para proteger el interés superior del menor.
Las pruebas obtenidas por nuestros detectives privados son un elemento clave para que Jueces y Tribunales tomen una decisión con respecto a la custodia del menor, por ello la estrategia de investigación que tomamos es muy importante. Si deseas contratar nuestros servicios como detectives privados, puedes llamarnos al 91 521 31 50 o ponerte en contacto con nosotros aquí. ¡Te asesoraremos en todo lo que precises!