Los detectives privados y la nueva privacidad

En este artículo queremos seguir con el derecho a la intimidad de todas las personas involucradas en cualquier investigación y vamos a hacer especial mención a las obligaciones que tienen los detectives privados en sus investigaciones y las prohibiciones que deben de cumplir en sus indagaciones.

Como hemos dicho anteriormente, la Ley de Seguridad Privada indica que el despacho de detectives es el que tiene que proteger, velar y evitar que se vulneren los derechos de las personas investigadas.

Vamos a describir algunas formas de violación del derecho a la intimidad.

  • En primer lugar se trata de la propia imagen. Como hemos dicho anteriormente, la imagen de una persona se puede obtener en los lugares públicos. Pero se puede distorsionar, produciendo una manipulación o distorsión de la propia imagen si de publica o divulga. También se podría utilizar la imagen de una persona para obtener beneficios sin su consentimiento.
  • En segundo lugar se trata de la información privada de una persona. La divulgación sobre la vida privada de una persona que no es de interés público.
  • En tercer lugar sería el empleo del nombre de otra persona, no solo para perjudicarla sino para sacar un beneficio utilizándolo.

Por tanto, los despachos de detectives deben de reflejar en el contrato con su cliente el interés legítimo alegado. Y que quede reflejado en el expediente, para que el proceso de investigación proteja el derecho a la intimidad del investigado.

La Ley de Seguridad Privada

En la Ley de Seguridad Privada hace referencia únicamente a las investigaciones que pueden realizar los despachos. Y por tanto como se pueden asegurar el derecho a la intimidad de cualquier investigación y son las siguientes:

  1. Las averiguaciones relacionadas con el con el ámbito financiero, económico, laboral, mercantil y con la vida personal, familiar o social. A excepción de todas aquellas actividades que se lleven a cabo en los domicilios o áreas privadas.
  2. Las investigaciones y obtención de pruebas en delitos perseguibles a instancia de parte. No se podrán investigar los delitos perseguibles de oficio una vez que se ha cometido. No obstante, si en el transcurso de unas averiguaciones se observa la comisión de un delito, habría que dejar las indagaciones y poner la información en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
  3. Se pueden realizar las investigaciones que se desarrollen en ferias, hoteles, y locales públicos.
  4. Como se dijo anteriormente, queda totalmente prohibido las investigaciones de la vida privada de las personas que se desarrollen que se desarrolle dentro de sus domicilios. 
  5. Por último, referente a los medios y herramientas empleados en las indagaciones, no pueden vulnerar el derecho a la intimidad, el honor o secreto de las telecomunicaciones.

Por tanto, al contratar con Detectives Privados MONOPOL se asegura el cumplimiento de la legislación sobre el derecho a la intimidad de las personas investigadas y del propio cliente.

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